El Gobierno de Italia ha aprobado el denominado Decreto “Riparti Italia” por el que se reabren las actividades y la movilidad en el país. Así, se establece que desde el día 18 de mayo pueden abrir nuevamente las actividades de producción industrial y comercial, y asimismo a partir del día 2 de junio se producirá el levantamiento gradual del confinamiento de personas y desde el 3 de junio la apertura gradual de fronteras con otros Estados Miembros de la UE, si bien el transporte por carretera podrá continuar desarrollándose como hasta ahora, sin restricción alguna, según informan desde Fenadismer.
No obstante, por lo que al transporte por carretera se refiere, las autoridades italianas han eliminado la obligación de efectuar por parte de los transportistas y conductores la cumplimentación del certificado de desplazamiento y las declaraciones a los Departamentos de Prevención, por lo que desde el 18 de mayo los conductores extranjeros que pretendan acceder a territorio italiano ya no están obligados a rellenar y disponer de estos documentos en el cruce de frontera que como hasta ahora, durante la fase de confinamiento por la emergencia sanitaria, había resultado obligatorio.
Pese a ello, las autoridades italianas señalan que cabe la posibilidad de adoptar excepciones específicas a lo anterior en casos excepcionales y exclusivamente para las necesidades de protección de los ciudadanos en el extranjero y el cumplimiento de las obligaciones internacionales.
En España se reforzarán las contrataciones para esta temporada con alrededor de 200 personas para el procesamiento y aproximadamente 600 proveedores de distribución.
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