La Dirección General de Tráfico ha elaborado el Proyecto de Instrucción Técnica para la expedición de las autorizaciones especiales para la circulación de los megacamiones. Entre los requisitos que se exigirán, se encuentra la limitación de velocidad a 80 km/h.
El pasado 23 de diciembre, como recuerdan desde Fenadismer, se publicó en el BOE la modificación del Reglamento General de Vehículos para permitir la circulación de los megacamiones en España: «Todo conjunto de vehículos compuesto de más de 6 ejes, 25,25 metros de longitud y 60 toneladas».
El transportista deberá solicitar a la Jefatura de Tráfico una Autorización Especial de Circulación, denominada European Modular System (EMS), cuyos principales requisitos se regulan en el Proyecto de Instrucción Técnica, entre los que destacan los siguientes:
Seguridad
El conjunto y sus módulos deberán ir provistos de suspensión neumática, espejos o detectores para ángulo muerto, sistema de advertencia de abandono de carril, sistema de asistencia a la frenada de emergencia, sistema electrónico de control de estabilidad y sistema autónomo de frenado de emergencia o de alerta de colisión.
Señalización
El vehículo deberá disponer de dos rotativos luminosos situados en los extremos superiores de la parte posterior del conjunto, así como la señal identificativa de vehículo largo y la de señalización reflectante de su contorno.
Velocidad
Los megacamiones podrán circular como máximo a 80 kilómetros/hora tanto en autopistas y autovías como en carreteras convencionales. Podrán adelantar sin limitaciones en autopistas y autovías; en carreteras convencionales de un solo carril por sentido, no podrán adelantar a vehículos que circulen a más de 45 km/h.
Comunicación de los viajes
El transportistas deberá comunicar por correo electrónico a la DGT en un plazo máximo de siete días cada uno de los viajes realizados, indicando la hora y la fecha inicial y final, el itinerario recorrido y su longitud.
Masas autorizadas
El conjunto resultante estará autorizado para una masa máxima de 60 toneladas. Sin embargo, cada uno de los vehículos que conforman el conjunto no podrán superar individualmente los valores límites de masas y dimensiones establecidos para el resto de vehículos de transporte en el Reglamento General de Circulación.
La masa en carga mínima autorizada sobre el eje motor será del 25% de la masa total en carga del conjunto, que podrá rebajarse al 20% si el transportista acepta participar en un estudio técnico de evaluación sobre circulación de megacamiones que va a llevar a cabo la DGT.
Una vez sea sometido a consulta el Proyecto de Instrucción Técnica, se estima que el próximo mes de febrero entre en vigor la norma, que permitirá el otorgamiento de la autorización necesaria para la circulación de los megacamiones en España.
Fenandismer denuncia que en los requisitos y condiciones exigidos, la norma solo prevé la posibilidad de adquirir un turismo o una furgoneta tanto nuevo como seminuevo.
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