Los transportistas dados de alta en el Censo de Beneficiarios del Gasóleo Profesional deben declarar los kilómetros anuales recorridos en el ejercicio anterior. Al importe resultante de la diferencia impositiva por el gasóleo profesional hay que añadir la nueva bonificación.
El Ministerio de Transportes constata, a través de sus observatorios, un incremento de los costes de explotación excepto del gasóleo que bajó levemente, una subida de los precios que perciben los transportistas y la falta de crecimiento de la actividad.
La Federación Valenciana de Empresarios del Transporte y la Logística (FVET) advierte de la incertidumbre económica del próximo año en un contexto de escalada de costes para el sector.
Como cada año, los transportistas beneficiarios del gasóleo profesional están obligados a declarar a la Agencia Tributaria los kilómetros anuales y la fecha límite es el 31 de marzo.